REGIMEN AGRICOLA
LIQUIDACION COMPLEMENTARIA L09
Ej:
Una empresa en el mes de Agosto del 2010 se le olvida incluir en los Seguros Sociales
a un trabajador eventual con lo cual la Seguridad Social le solicita que presente
una liquidación complementaria L09 de este trabajador.
El trabajador tiene grupo 10 de cotización a la Seguridad Social, con contrato eventual 401 en el mes de Agosto realizó 18 jornadas.
Salario base: 42 €/ J (jornada)
Plus de productividad: 4,5 €/ J (jornada)
Plus de actividad: 10 € /J (jornada)
Tiene dos pagas extraordinarias de
920 €.
El trabajador eventual se acoge a la modalidad de cotización: Jornadas Reales.
Tiene una reducción por jornadas reales que para el año 2010 que
es de 1,68 x jornada.
Con estos datos confeccionamos la nómina y posteriormente el boletín de cotización
a la Seguridad Social.
·
Ficha de empresa:
Deberemos generar una nueva ficha de empresa con los mismos datos de la empresa
original pero con un código de empresa distinto.
·
Ficha del trabajador.
Generamos una nueva ficha del trabajador
con un código distinto, para ello utilizaremos la opción de: Copiar fichas de trabajadores
a otras Empresas y se enlaza con la nueva empresa creada para este caso.
Profesionales: Indicar el grupo de cotización
del trabajador, en el campo: Base de Cotización prorrata de pagas extras indicar:
Nº de pagas: 12
Importe de las pagas: 91,98 €.
El importe se sumará a la base de cotización de contingencias AT y EP.
IRPF: Hay que indicar el porcentaje
de retención que le corresponde aplicar.
Contrato: Código de contrato y
Tipo de Contrato: Cotización del desempleo.
Como tiene una Reducción de Jornadas Reales en el año 2010 equivale a 1,68
x jornada trabajada y la indicamos en el apartado deducciones en el TC2 antes
de generar la nómina.
Clave deducción: 27
Días: 18
Importe: 30,24 (1,68 x 18 jornadas)
Fecha :
(fecha de inicio de la bonificación)
Salariales: En percepciones salariales
indicar en salario base: 42 €, como es un trabajador con retribución por jornada
indicamos, J (jornada) y en Plus de productividad: 4,5 €/ J (jornada) y Plus de
actividad: 10 € /J (jornada).
Nota: Si previamente se ha
creado un convenio con las categorías profesionales y hemos indicado en la pestaña
profesionales que se aplique la categoría al trabajador, aparecerán en
las pestaña salariales y no salariales las percepciones indicadas en
esa categoría.
En el concepto de Gratificaciones Extraordinarias hay que indicar el prorrateo de
pagas extras que deseamos pagar al trabajador cada mes o el importe total de la
paga extra, el mes que corresponda.
En días de devengo de la nómina deberá indicar el número de días de la nómina ( 18 días en este caso) y en jornadas reales indicaremos
18.
·
Nómina del trabajador.
La nómina del trabajador la podemos realizar mediante la opción de Cálculo automático
o Gestión de las nóminas mensuales. ( si deseamos ver
la nómina en pantalla antes)
Cálculo automático:
Ir a la opción de nóminas: cálculo automático e indicar: Año, Mes, desde que código
de empresa hasta que código de empresa y desde que código de los trabajadores hasta
que código de trabajadores.
Gestión de las nóminas mensuales: Ir a la opción de nóminas: gestión de las
nóminas mensuales: Pulsar Agregar e indicar: año, mes, código del
trabajador , aparecerán los datos indicados en su ficha, por último,
pinchar Grabar.
Mediante una opción u otra la nómina ya está confeccionada, pudiendo, en cualquier
momento, seleccionar la opción de imprimir diversos informes ejemplo: nóminas, listado
resumido de las nóminas…
·
Seguros Sociales.
Cuando confeccionamos los boletines de cotización de la Seguridad Social debemos
indicar que es una L09 (liquidación complementaria)
A.
Cálculo de las bases
de Cotización:
1.
Base de Contingencias
Comunes
18 jornadas x 39 (base según grupo de cotización) =702 €
2.
Base de
Contingencias Profesionales (AT y EP)
(Salario base: 42 €/ J (jornada) x 18jornadas= 756 €
+ Plus de productividad:
4,5 €/ J (jornada) x 18 jornadas = 81 €
+ Plus de actividad:
10 € /J (jornada) x 18 jornadas= 180
€ +
Prorrata de pagas extraordinarias: 91,98 €)
Total: 1108,98 €
Los 1108,98 € constituye la base de cotización por contingencias profesionales.