REGIMEN GENERAL
4. MES EN QUE EL TRABAJADOR ES ALTA INICIAL
EN LA EMPRESA
Un trabajador de 25 años con grupo de cotización 8 a la Seguridad Social, es dado
de alta inicial en una empresa el día 06/06/10, siendo su contratación indefinida,
modelo 100.
Los devengos económicos, de percepción diaria, que se le suponen en el mes de junio
son los siguientes:
Salario base: 22 € / día
Plus de productividad: 6 € /día
Tiene derecho a 2 pagas extraordinarias de 900 € y 1 paga de beneficio de 450 €
Tiene una bonificación por tipo de contrato de 56,60
€/mes
Con estos datos confeccionamos la nomina y posteriormente el boletín de cotización
a la Seguridad Social.
·
Ficha del trabajador.
Profesionales: Indicar el grupo de
cotización del trabajador y en campo:
Base de Cotización prorrata de pagas extras indicar :
Nº de pagas: 1
Importe: 1350 € (al ser pagas con diferentes importes se indica la suma de las 3
pagas extras y en número de pagas: 1)
El prorrateo resultante se sumará a la base de cotización de contingencias comunes
mes a mes.
IRPF: Hay que indicar el porcentaje
de retención que le corresponde aplicar.
Contrato: Código de contrato:100
y Tipo de Contrato: Cotización del desempleo: Indefinido (Fijo)
Como el trabajador tiene una bonificación por tipo de contrato deberá indicarla
en el apartado deducciones en el TC2 antes de generar la nómina, indicando clave,
días, importe y fecha.
Salariales: En percepciones salariales
indicar en salario base: 22 €, como es un trabajador de retribución diaria indicamos
D (diaria) , añadimos un nuevo concepto indicando plus de productividad de 6 €,
D (diario) y marcamos que este concepto se le aplique retención.
Nota:
Si tiene creado previamente el convenio
con las categorías profesionales y asigna al trabajador su categoría se aplicarán
las percepciones indicadas en la ficha del trabajador.(pestaña salariales y no salariales)
En el concepto de Gratificaciones Extraordinarias hay que indicar el prorrateo de
pagas extras que deseamos pagar al trabajador cada mes o el importe total de la
paga extra, el mes que corresponda.
En días de devengo de la nómina indicamos en este caso 25 días.
·
Nomina del trabajador.
La nómina del trabajador la podemos realizar mediante la opción de Cálculo automático
o Gestión de las nominas mensuales.
Cálculo automático:
Ir a la opción de nominas: cálculo automático e indicar: Año, Mes, desde que código
de empresa hasta que código de empresa y desde
que código de los trabajadores hasta que código de trabajadores.
Gestión de las nóminas mensuales: Ir a la opción de nóminas: gestión de
las nóminas mensuales: Pulsar Agregar e indicar: año, mes, código del trabajador
, aparecerán los datos indicados en su ficha, por último, pinchar Grabar.
Mediante una opción u otra la nómina ya está confeccionada, pudiendo, en cualquier
momento, seleccionar la opción de imprimir diversos informes ejemplo: nóminas, listado
resumido de las nominas…
A.
Cálculo de las bases
de Cotización:
1.Base de Contingencias Comunes:
Días de la nómina: 25
Remuneración mensual: (Salario base: 22 €
x 25 días = 550€ + Plus de productividad: 6
€ x 25 días = 150 €) = 700 €
Prorrata de pagas extraordinarias: (Al ser un trabajador de grupo de cotización
diario la fórmula que se aplica es la siguiente:)
1350€/365 días=3,70 €x 25 días= 92,50 €
Total: 792,50 €
La cuantía de 792,50 € no es inferior
a la base mínima de cotización del
grupo 8 para 24 días ni superior a la base máxima; por lo que constituye la base
de cotización para estas contingencias.
2. Base de
Contingencias Profesionales
( AT y EP)
Los 792,50 € constituyen también la base de cotización por contingencias profesionales.
Las retribuciones computables son las mismas que las tenidas en cuenta para calcular la base de cotización por contingencias
comunes.
Además cumplen la condición de estar entre el tope mínimo y el máximo de cotización
para esta clase de contingencias.
