REGIMEN GENERAL
2. TRABAJADOR CON RETRIBUCION DIARIA
Ej: Un trabajador con grupo 8 de cotización a la Seguridad Social, presta servicios
en una empresa con un contrato indefinido a tiempo completo, modelo 100.
Los devengos económicos, de percepción diaria, pactados con el trabajador son los
siguientes:
Salario base: 25 €/día
Plus de Productividad: 5 €/día.
También tiene derecho a dos pagas extraordinarias
de 900€ cada una de ellas.
Por la actividad económica de la empresa ( servicios de comidas y bebidas) le corresponde el CNAE 56.
El trabajador tiene una bonificación por contrato indefinido de 66,67 € al mes.
Con estos datos confeccionamos la nómina y posteriormente el boletín de cotización
a la Seguridad Social.
·
Ficha del trabajador
Profesionales: Indicar el grupo de
cotización del trabajador y el campo: Base de Cotización prorrata de pagas extras
indicar:
Nº de pagas: 2
Importe de cada una de las pagas: 900 €
El prorrateo resultante se sumará a
la base de cotización de contingencias comunes mes a mes.
IRPF: Hay que indicar el porcentaje
de retención que le corresponde aplicar.
Contrato: Código del contrato:
100 y Tipo de contrato : Cotización
del desempleo: Indefinido (Fijo)
Como el trabajador tiene una bonificación por fomento de empleo deberá indicarla
en el apartado deducciones en el TC2 antes de generar la nómina, indicando
clave, días, importe y fecha.
Salariales: En percepciones salariales
indicar en salario base: 25 €, como es un trabajador con retribución diario, indicamos
D (diaria) y en los recuadros en blanco de percepciones salariales añadimos un nuevo
concepto: Plus de productividad 5 € D (diario) y marcamos que a este concepto se
le aplique retención.
Nota:
Si previamente se ha creado un convenio con la categorías profesionales y hemos
indicado en la pestaña profesionales que se aplique la categoría al trabajador,
aparecerán en la pestaña salariales y no salariales las percepciones indicadas en
esa categoría.
En el concepto de Gratificaciones Extraordinarias hay que indicar el prorrateo de
pagas extras que deseamos pagar al trabajador cada mes o el importe total de la
paga extra, el mes que corresponda.
En días de devengo de la nómina deberá indicar 30 o los días en alta en el mes.
·
Nómina del trabajador
La podemos realizar mediante la opción de Cálculo automático o Gestión de las nominas
mensuales.(si deseamos ver la nómina en pantalla antes de grabarla)
Cálculo automático:
Ir a la opción de nominas: cálculo automático e indicar: Año, Mes, desde que código
de empresa hasta que código de empresa y desde que código de los trabajadores hasta
que código de trabajadores.
Gestión de las nóminas mensuales: Ir a la opción de nóminas: gestión de
las nóminas mensuales: Pulsar Agregar e indicar: año, mes, trabajador, aparecerán
los datos indicados en su ficha, por último, pinchar Grabar.
Mediante una opción u otra la nómina ya está confeccionada, pudiendo en cualquier
momento, seleccionar la opción de imprimir diversos informes ejemplo: nóminas, listado
resumido de las nominas…
A. Cálculo de las bases de Cotización.
1. Base de Contingencias Comunes.
Remuneración Mensual :
(Salario base: 25 €x30 días= 750 €+
Plus de productividad: 5 € x 30 días= 150 €) = 900 €
Prorrata de pagas extras: (1800 €/365días =4,93€ x
30 días de la nomina) =147,90 €
Total : 1047,90 €
Los 1047,90 € no es inferior a la base mínima de cotización del grupo 8 ni superior
a la base máxima; por lo que constituye la base de cotización para estas contingencias.
2. Base de Contingencias Profesionales (AT
y EP)
Los 1047,90 € constituyen también la base de cotización por contingencias profesionales.
Las retribuciones computables son las mismas que las tenidas en cuenta para calcular
la base de cotización por contingencias comunes.
Además cumplen la condición de estar comprendidos entre el tope mínimo y el máximo
de cotización para esta clase de contingencias.
