REGIMEN GENERAL
10. ABONO DE SALARIO CON CARÁCTER RETROACTIVO:
(Atrasos de Convenio)
Ej:
En una empresa se produce una modificación del convenio colectivo en el mes de marzo
con efectos retroactivos a 1 de enero del mismo año.
Uno de los trabajadores, contratado con carácter indefinido y con grupo de cotización
5 tiene las siguientes retribuciones
Convenio antiguo:
Salario base: 1100 €
Pagas extraordinarias: 2 pagas x 1100 €
Convenio nuevo:
Salario base: 1200 €
Pagas extraordinarias : 2 pagas x 1200 €
El trabajador realiza trabajos exclusivos de oficina ,
ocupación a.
Con estos datos confeccionamos la nomina y posteriormente el boletín de cotización
a la Seguridad Social.
·
Nómina del trabajador:
Para realizar una nómina de atrasos del Régimen
General
deberá realizar lo siguiente:
- Seguridad Social: Liquidaciones complementarias
(atrasos, vacaciones).
- Confección de Nóminas de atrasos.
- Indicar: año, Atrasos mes ,
mes (A1,A2,A3…), código del trabajador, apellidos y nombre, días de atrasos, importe
de los atrasos, Base de CC y Base de AT.
Nota: Para
indicar el mes tendrá que seleccionar.
Enero
A1
Febrero
A2
Marzo
A3
Abril
A4
Mayo
A5
Junio
A6
Julio
A7
Agosto
A8
Septiembre
A9
Octubre
AO
Noviembre
AN
Diciembre
AD
Como tenemos dos meses de atrasos debemos indicar
cada mes con sus días y bases de cotización correspondientes.
Para imprimir la nomina de atrasos
hay que ir a nominas, informes y listados de
nominas mensuales e indicar el año y el mes (A1,A2,A3,A4...)
Se podrá imprimir una sola nómina con todos los
meses de atrasos, o bien, una para cada
mes.
Para calcular
los Seguros Sociales ,debemos ir a la opción
de Seguridad Social,
modelo TC1 y seleccionamos
el modelo L003
(Liquidación de atrasos)
seleccionando los meses de atrasos que corresponde a la liquidación.
En la misma liquidación se recogerán todos los
meses de atrasos.
A.
Cálculo de las base de
Cotización:
1.
Diferencias salariales en Enero y Febrero
-Enero: 1200 € (salario nuevo) – 1100€ (salario antiguo)= 100 € (diferencia)
Enero: Prorrata extras: 200€ ( prorrata paga nueva) -183,33€
(paga antigua) = 16,67 € (diferencia)
-Febrero: 1200€ (salario nuevo) – 1100€ (salario antiguo)= 100 € (diferencia)
Febrero: Prorrata extras: 200€ ( prorrata paga nueva)
-183,33€ (paga antigua) = 16,67 € (diferencia)
Diferencia total de cotización por
contingencias comunes y profesionales para cada mes es 116,67
€
